el cambio climático

En el Cuarto Informe de Evaluación presentado por el Grupo Intergubernamental de Expertos sobre Cambio Climático (IPCC) en el año 2007, se confirmó, tras las últimas investigaciones realizadas, que las emisiones globales de gases de efecto invernadero (GEI) han crecido desde la era preindustrial hasta la actualidad, produciéndose un 70% de dicho crecimiento en el periodo comprendido entre el año 1970 y el año 2004.

En el análisis que se realiza en dicho informe por sectores, el mayor crecimiento de las emisiones globales de GEI entre 1970 y 2004 correspondió al sector de suministro de energía, con un incremento del 145%, seguido del sector del transporte, con un incremento del 120%, la industria, con un aumento del 60% y, por último, el sector de uso de la tierra, cambio de uso de la tierra y selvicultura, en el cual se engloba a la agricultura, con un 40%. En concreto, y para el periodo entre 1970 y 1990, las emisiones directas en la agricultura crecieron un 27%.

En Europa, los efectos del cambio climático afectan en general de forma negativa a los ecosistemas agrarios. En las zonas climáticas representativas de la regiones de estudio, se prevé un aumento significativo de la temperatura que, combinado con una reducción de las precipitaciones y una modificación de su distribución estacional, aumentará el riesgo de erosión y desertificación (Impacts of Europe´s changing climate-2008 indicator-base assessment. EEA-JRC-WHO report). Se estima que, en la Península Ibérica, las precipitaciones pueden llegar a reducirse hasta un 40% con respecto a la media del siglo XX. Este hecho supone una amenaza para el desarrollo de múltiples seres vivos.

Dentro de los compromisos fijados en el Protocolo de Kioto, La Unión Europea de los 15 se comprometió a reducir sus emisiones de GEI un 8% sobre las emisiones en el año base (1990). Según las proyecciones actuales de los Estados Miembros, con la política y medidas existentes, las emisiones aumentarán hasta alcanzar en 2010 un nivel del 7 % por debajo de los valores en el año base, porcentaje que podría llegar hasta el 10 % de reducción con la puesta en práctica de medidas adicionales planificadas. Pero la Unión Europea, en un esfuerzo por aumentar su grado de compromiso frente a la amenaza del cambio climático, a comienzos del año 2007 fijó, como objetivo, reducir las emisiones en el año 2020 hasta un 20% por debajo de los valores de 1990. Este nuevo escenario hace que, en base a las estimaciones actuales, dicho objetivo quedaría fuera de alcance sin la puesta en práctica de medidas adicionales. Prueba del compromiso europeo en este materia es la Dirección General de Medio Ambiente de la Comisión Europea (DG Medio Ambiente), con sede en Bruselas y una plantilla de unas 600 personas, que se encarga de los trabajos de la Comisión Europea en relación con el cambio climático y es responsable de elaborar legislación y nuevas iniciativas.

En lo que respecta a España, la actual situación se resume en la edición del año 2007 del Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero publicado anualmente por la Secretaria General para la Prevención de la Contaminación y del Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente y Medio Rural y Marino. Según las estimaciones recogidas en el inventario, para el año 2005, el global en las emisiones ascendió a 440.649 kilotoneladas de CO2 equivalente, lo que supuso una variación relativa del 52,2%, respecto a las emisiones en el año base. Visto el compromiso adquirido por España a través del Protocolo de Kioto, en el que se permitía aumentar los niveles de emisiones sólo en un 15% respecto a las emisiones del año base, los resultados que arroja el Inventario no son positivos, ya que la sitúan cerca de 30 puntos por encima del objetivo marcado.

Dentro del Plan Nacional de Asignación de emisiones de CO2, derivado de la aplicación de la Directiva Comunitaria de Comercio de Emisiones, se contempló un escenario de crecimiento de las emisiones del 24% para el periodo 2008-2012, resultado de contemplar sobre el 15% permitido, un 2% de ahorro de emisiones por los efectos sumideros más un 7% de ahorro por la adopción de mecanismos de flexibilidad contemplados en el Protocolo de Kioto.

Pero incluso con las previsiones actuales, esta cifra resulta difícilmente alcanzable, dado que muchos de los planes y políticas de reducción de emisiones aprobadas en la actualidad prevén una estabilización de las emisiones a los valores actuales y no una reducción de las mismas. Europa en general y España en particular deben potenciar sumideros de carbono, como son los suelos agrícolas en Agricultura de Conservación (AC).

Se estima que la agricultura fue responsable en el año 2005 del 10-12% de las emisiones de GEI de origen antropogénico (5,1 a 6,1 Gt CO2 año-1), teniendo especial incidencia en las emisiones de N2O y CH4, representando el 60% y el 50% respectivamente del total de emisiones referidos a estos gases.

Respecto a las emisiones de CO2, existe un intercambio entre la atmósfera y las superficies dedicadas a la agricultura que hace que el neto de emisión sea bajo (0,04 t año-1). En este balance no se tienen en cuenta las emisiones debidas al consumo de electricidad, de gasoil y al consumo energético que tiene lugar por la participación en el proceso productivo de la maquinaria y de los insumos agrarios.

Las emisiones de CO2 en la agricultura vienen dadas fundamentalmente por el laboreo con arados de las tierras agrícolas, el cual causa pérdidas sustanciales (desde un 30% al 50%) del carbono del suelo (Davidson y Ackerman, 1993). Estas pérdidas de carbono se deben a la fragmentación del suelo que ocasiona el laboreo y que facilita la actividad biológica produciéndose el intercambio de C y O2 del suelo con la atmósfera y viceversa. Las labores de la agricultura convencional (laboreo de inversión, con arado de volteo, grada de discos o rotavátor) entierran los restos vegetales y dejan el suelo en condiciones óptimas para que se produzcan pérdidas de CO2, a la vez que se reduce drásticamente el efecto sumidero del suelo. De forma similar, la intensificación de la agricultura favorece las emisiones de gases que contribuyen al efecto invernadero.

En España, las emisiones correspondientes al sector agrario en el año 2005, recogidas en el Inventario Nacional de Gases de Efecto Invernadero constituyeron el 11% sobre el total, que si bien fue un porcentaje menos elevado que los de otros sectores como el sector energético e industrial, sí supuso que se convirtiera en la tercera actividad emisora de GEI.

El protocolo de Kioto establece que el secuestro de carbono en los suelos agrícolas puede ser contabilizado como parte negativa en el cómputo de emisiones de CO2, (artículo 3.4). En el acuerdo de Bonn de julio de 2001 se clarificó este artículo estableciéndose que se podrán considerar como actividades elegibles los cambios de sistema de manejo de cultivos siempre que se hayan producido después de 1990 y sean inducidos por el hombre. El acuerdo de Marrakech estableció reglas jurídicamente vinculantes para el informe y la contabilidad de los sumideros agrícolas. Por tanto, el secuestro de carbono en los suelos agrarios es un mecanismo que Europa puede utilizar para cumplir con sus objetivos de emisiones para el periodo 2008-2012. En este aspecto, la AC puede ser clave para reducir las emisiones de gases con efecto invernadero, a la par de capturar carbono atmosférico por la eficaz reducción del laboreo. Prueba de ello es que en España se ha declarado como actividad sumidero de CO2 en el Real Decreto 1866/2004 por el que se aprueba el Plan Nacional de Derechos de Emisión. Por otra parte, la Agricultura de Precisión (AP), concepto agronómico de gestión de parcelas agrícolas basado en la existencia de variabilidad en campo, evalúa con mayor precisión la densidad óptima de siembra, necesidades de fertilizantes y otros insumos. Es por tanto, que al optimizar los trabajos en campo, contribuye a mitigar el cambio climático.

Es sabido que las actividades agrarias además de producir alimentos y otras materias primas, tienen otras funciones y repercuten sobre otros factores. Un claro ejemplo de estas externalidades es el medio ambiente, al que la agricultura puede afectar de una forma positiva o negativa, justificando una intervención pública con el objeto de potenciar aquellas prácticas beneficiosas para el entorno y evitar las perjudiciales. Este objetivo se aprecia claramente en la evolución de las diferentes políticas de la Unión Europea y, en particular, de la Política Agrícola Común (PAC), especialmente en las reformas de 1992, 1999 y 2003-2004 y en el “Chequeo de Salud de la PAC” aprobado esta misma semana en Bruselas.

Desde la reforma de la Agenda 2000, la PAC se estructura en dos grandes pilares: la política de precios y mercados, es decir, las Organizaciones Comunes de Mercado (OCM) (pilar 1) y la política de Desarrollo Rural (pilar 2). En el actual sistema comunitario las preocupaciones medioambientales aparecen en ambos pilares fundamentalmente a través de 3 mecanismos que se corresponden con distintos niveles de exigencias medioambientales:

  • Condicionalidad (incluido en el pilar 1): afecta a las ayudas directas de las distintas Organizaciones Comunes de Mercado, de manera que el incumplimiento de determinados requisitos provoca una reducción o incluso la pérdida de las ayudas.
  • Buenas Prácticas Agrarias (incluido en el pilar 2). El respeto de las buenas prácticas agrarias constituye una condición para la percepción de las ayudas agroambientales y la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas. Funcionan por tanto de un modo similar a la condicionalidad en el pilar I.
  • Ayudas Agroambientales (incluido en el pilar 2): el agricultor se compromete a realizar unas prácticas que van más allá de las buenas prácticas agrarias habituales y a cambio recibe unos pagos adicionales.

Por otro lado, la Estrategia Temática de Protección de Suelos (COM (2006) 231 final) y la Propuesta de la Directiva de Suelos (COM (2006) 232) identifican las amenazas que, a nivel europeo, se ciernen sobre el suelo, destacando entre otras, la pérdida de materia orgánica, la erosión y la compactación, problemas de gran alcance en el ámbito agrario debido a los efectos derivados de las prácticas de laboreo convencional.

Las técnicas agrarias sostenibles como las que se contemplan en la Agricultura de Conservación y la AP (ver en State of the Art su desarrollo), cumplen con las exigencias del actual escenario agrario, tanto a nivel técnico, como a nivel legislativo. El empleo de técnicas de AC está reconocido positivamente por la Comisión Europea (CE, 2002), y cada vez más agricultores preocupados por su futuro se interesan en las técnicas que se promueven en el proyecto, de cara al cumplimiento de la condicionalidad (cross-compliance) y el ahorro de costes de producción a medio plazo. Con la ayuda de proyectos como el que se propone a esta convocatoria LIFE+, se espera que tanto la AC como la AP tengan un papel cada vez más relevante en el escenario agroambiental de los próximos años, lo cual beneficiará a la Sociedad y el Medio Ambiente europeos.